martes, 4 de mayo de 2010
Consideraciones acerca de las ciencias sociales
Cuentan ustedes con el apunte acerca de epistemología y los textos de Weber y Marcuse. La tarea consistirá en hallar algún nexo entre los tres textos, centrando nuestra atención en la referencia que los autores hacen a las ciencias matemático-naturales, por un lado, y a las sociales por el otro. No es necesario que realicen un trabajo extenso sino que traten de enfocarse en aquello que une a los tres escritos.
jueves, 15 de abril de 2010
Apunte sobre las ciencias sociales
Esta semana vamos a trabajar sobre el prólogo -que les haré llegar por correo electrónico- del libro de Schuster, F. L. (comp.), Filosofía y métodos de las Ciencias Sociales, Buenos Aires, Manantial, 2002.
La primera tarea será señalar cuáles son los conceptos o las ideas principales que maneja la autora, y a qué conclusión arriba si es que arriba a alguna conclusión
En segundo lugar, y para una mejor comprensión de este texto, le pido que aporten datos acerca de, al menos, uno de los autores que cita este artículo y que son: Popper, Kuhn, Feyerabend, Vico, Droysen, Dilthey, Rickert, Hume (de él proviene el adjetivo 'humeano'), Winch, Weber (de él proviene el adjetivo 'weberiano') y Giddens. Y de los conceptos: epistemología y "astucia de la razón" (este último enunciado por Hegel).
Espero sus comentarios, W.S.
La primera tarea será señalar cuáles son los conceptos o las ideas principales que maneja la autora, y a qué conclusión arriba si es que arriba a alguna conclusión
En segundo lugar, y para una mejor comprensión de este texto, le pido que aporten datos acerca de, al menos, uno de los autores que cita este artículo y que son: Popper, Kuhn, Feyerabend, Vico, Droysen, Dilthey, Rickert, Hume (de él proviene el adjetivo 'humeano'), Winch, Weber (de él proviene el adjetivo 'weberiano') y Giddens. Y de los conceptos: epistemología y "astucia de la razón" (este último enunciado por Hegel).
Espero sus comentarios, W.S.
domingo, 28 de marzo de 2010
Apertura del curso 2010.
Estimados alumnos:
Les damos la bienvenida al curso del primer cuatrimestre del año 2010.
Como les hemos anunciado, este blog será un espacio de trabajo, donde registraremos algunas de las actividades que les permitirán avanzar en el desarrollo de los contenidos de la asignatura.
Dejo publicada la tarea inicial que les proponemos, a partir del texto que les hemos dado para la lectura en la primera clase.
Esperamos sus respuestas a las siguientes preguntas:
1) La Filosofía del Derecho ¿asume diferentes perspectivas en el análisis de los juristas, por un lado y de los filósofos, por el otro? En caso afirmativo, explique tales diferencias o proporcione un ejemplo.
2) ¿Cuáles son los objetivos de la ciencia jurídica y cuáles los de la Filosofía del Derecho?
3) Conforme su opinión ¿es la Filosofía del Derecho o la Ciencia del Derecho el área del conocimiento que alcanza un mayor grado de abstracción? ¿Por qué?
Les damos la bienvenida al curso del primer cuatrimestre del año 2010.
Como les hemos anunciado, este blog será un espacio de trabajo, donde registraremos algunas de las actividades que les permitirán avanzar en el desarrollo de los contenidos de la asignatura.
Dejo publicada la tarea inicial que les proponemos, a partir del texto que les hemos dado para la lectura en la primera clase.
Esperamos sus respuestas a las siguientes preguntas:
1) La Filosofía del Derecho ¿asume diferentes perspectivas en el análisis de los juristas, por un lado y de los filósofos, por el otro? En caso afirmativo, explique tales diferencias o proporcione un ejemplo.
2) ¿Cuáles son los objetivos de la ciencia jurídica y cuáles los de la Filosofía del Derecho?
3) Conforme su opinión ¿es la Filosofía del Derecho o la Ciencia del Derecho el área del conocimiento que alcanza un mayor grado de abstracción? ¿Por qué?
domingo, 3 de mayo de 2009
La hermenéutica filosófica y el dilema de las decisiones "objetivamente correctas"
(Sobre artículo Rabbi-Baldi Cabanillas, Renato, publicado en el Anuario de Filosofía Jurídica y Social de la Asociación Argentina de Derecho Comparado, volumen nº 21)
Guía de lectura
1) ¿A qué denomina el autor "precomprensiones del intérprete"?
2) Recuerden a qué se designa como "Dogmática jurídica". Individualice las críticas que se le formulan.
3) Siguiendo las críticas ¿es posible arribar a una solución "objetivamente correcta".
4) Análisis del caso que comenta el autor. En su opinión ¿un sistema jurídico comprende alguna escala de valores?, en su caso ¿cuáles?
5) Dogmas en pugna: apego a las normas versus libre inventiva judicial.
6) ¿Qué es la "Hermenéutica"?
7) ¿Cuál es el sentido de la afirmación de Gadamer "la verdad debe concebirse como revelación y ocultación al mismo tiempo?
(Sobre artículo Rabbi-Baldi Cabanillas, Renato, publicado en el Anuario de Filosofía Jurídica y Social de la Asociación Argentina de Derecho Comparado, volumen nº 21)
Guía de lectura
1) ¿A qué denomina el autor "precomprensiones del intérprete"?
2) Recuerden a qué se designa como "Dogmática jurídica". Individualice las críticas que se le formulan.
3) Siguiendo las críticas ¿es posible arribar a una solución "objetivamente correcta".
4) Análisis del caso que comenta el autor. En su opinión ¿un sistema jurídico comprende alguna escala de valores?, en su caso ¿cuáles?
5) Dogmas en pugna: apego a las normas versus libre inventiva judicial.
6) ¿Qué es la "Hermenéutica"?
7) ¿Cuál es el sentido de la afirmación de Gadamer "la verdad debe concebirse como revelación y ocultación al mismo tiempo?
lunes, 13 de abril de 2009
Bienvenida a los alumnos curso 2009
Retomamos este espacio de trabajo con los alumnos del curso de Filosofía del Derecho del corriente año, a quienes les damos la bienvenida.
Pronto ingresaremos al tratamiento del tema del lenguaje (podrán consultar en este blog algo de lo trabajado con los compañeros del curso 2008, para ir orientándose en estos contenidos).
Como tarea, les propongo a ustedes que piensen en dar respuesta a los siguientes interrogantes:
1) ¿Encuentran alguna diferencia entre el acto de justificar un comportamiento y el acto de excusarlo? En su caso ¿cuál?. Aporten ejemplos.
2) ¿Qué piensan acerca de la diferencia entre exención y transgresión?. Aporten ejemplos.
Cuentan con la semana que corre entre el 13 y el 20 de abril próximos para cumplir con esta actividad.
Pronto ingresaremos al tratamiento del tema del lenguaje (podrán consultar en este blog algo de lo trabajado con los compañeros del curso 2008, para ir orientándose en estos contenidos).
Como tarea, les propongo a ustedes que piensen en dar respuesta a los siguientes interrogantes:
1) ¿Encuentran alguna diferencia entre el acto de justificar un comportamiento y el acto de excusarlo? En su caso ¿cuál?. Aporten ejemplos.
2) ¿Qué piensan acerca de la diferencia entre exención y transgresión?. Aporten ejemplos.
Cuentan con la semana que corre entre el 13 y el 20 de abril próximos para cumplir con esta actividad.
martes, 5 de agosto de 2008
Devolución al trabajo sobre Hans Kelsen
Estimados todos:
He seguido el orden de sus publicaciones para formular mis comentarios al análisis del texto de la "Teoría pura del derecho" de Kelsen que han realizado y es por ello, que disculparán que no siga el propio de la secuencia de temas tratados en dicha obra por el autor.
Veamos....
A María Margarita:
Bien sus consideraciones sobre el capítulo II, pero corrijamos este aspecto: la correspondencia entre una norma moral y una norma jurídica, analizada esta última desde la perspectiva de si ella es buena o mala a la luz de la primera, es un juicio de justicia, no un juicio de valor, en la perspectiva kelseniana y, por lo tanto, se trata de un juicio carente de objetividad, en estricta dependencia del criterio o subjetividad de la persona que lo emite.
A Noelia y Ana María:
Es bueno el desarrollo del capítulo VIII que ambas concretan. Como síntesis, sería bueno que intentaran concluir qué opinaba Kelsen acerca de los "dualismos".
A Ariel y Roxana:
Resuelven adecuadamente el interrogatorio planteado con relación al capítulo IX de la "Teoría pura del derecho".
A Cynthia:
Responde en forma correcta sobre el contenido del capítulo V "El hecho ilícito", pero la invitamos a que piense en qué otros supuestos, además de los que indica al final de su intervención, la "sanción" recae sobre sujetos distintos a los autores del acto "ilícito" generador de responsabilidad.
A Marcela:
Le agradecemos las dos tareas: por un lado, su prolija traducción sobre el artículo de Kelsen "On the basic norm", gracias a ella contamos con más argumentos sobre el sentido del concepto de "norma fundamental" en la Teoría pura del derecho y como podrán advertir, también una síntesis del núcleo argumental de la Teoría pura. Los invito a que presten atención a esa diferencia que Kelsen establecía entre el acto por el que una norma es creada -propio del mundo del "ser"- y la norma nacida como consecuencia de aquél acto -propia del mundo del "deber ser"- que cobra independencia de aquél.
Por el otro, Marcela acierta al definir los conceptos fundamentales a los que da tratamiento Kelsen en el capítulo III.
A Gutiérrez:
El capítulo IV es tratado en forma pertinente al establecer las diferencias entre una obligación moral y el deber jurídico, en la postura de Kelsen.
A Leonardo:
Ha sintetizado bien las ideas principales del capítulo I, sería útil enfatizar con mayor claridad las diferencias entre el principio de causalidad y el principio de imputación.
Gracias a todos por sus aportes.
He seguido el orden de sus publicaciones para formular mis comentarios al análisis del texto de la "Teoría pura del derecho" de Kelsen que han realizado y es por ello, que disculparán que no siga el propio de la secuencia de temas tratados en dicha obra por el autor.
Veamos....
A María Margarita:
Bien sus consideraciones sobre el capítulo II, pero corrijamos este aspecto: la correspondencia entre una norma moral y una norma jurídica, analizada esta última desde la perspectiva de si ella es buena o mala a la luz de la primera, es un juicio de justicia, no un juicio de valor, en la perspectiva kelseniana y, por lo tanto, se trata de un juicio carente de objetividad, en estricta dependencia del criterio o subjetividad de la persona que lo emite.
A Noelia y Ana María:
Es bueno el desarrollo del capítulo VIII que ambas concretan. Como síntesis, sería bueno que intentaran concluir qué opinaba Kelsen acerca de los "dualismos".
A Ariel y Roxana:
Resuelven adecuadamente el interrogatorio planteado con relación al capítulo IX de la "Teoría pura del derecho".
A Cynthia:
Responde en forma correcta sobre el contenido del capítulo V "El hecho ilícito", pero la invitamos a que piense en qué otros supuestos, además de los que indica al final de su intervención, la "sanción" recae sobre sujetos distintos a los autores del acto "ilícito" generador de responsabilidad.
A Marcela:
Le agradecemos las dos tareas: por un lado, su prolija traducción sobre el artículo de Kelsen "On the basic norm", gracias a ella contamos con más argumentos sobre el sentido del concepto de "norma fundamental" en la Teoría pura del derecho y como podrán advertir, también una síntesis del núcleo argumental de la Teoría pura. Los invito a que presten atención a esa diferencia que Kelsen establecía entre el acto por el que una norma es creada -propio del mundo del "ser"- y la norma nacida como consecuencia de aquél acto -propia del mundo del "deber ser"- que cobra independencia de aquél.
Por el otro, Marcela acierta al definir los conceptos fundamentales a los que da tratamiento Kelsen en el capítulo III.
A Gutiérrez:
El capítulo IV es tratado en forma pertinente al establecer las diferencias entre una obligación moral y el deber jurídico, en la postura de Kelsen.
A Leonardo:
Ha sintetizado bien las ideas principales del capítulo I, sería útil enfatizar con mayor claridad las diferencias entre el principio de causalidad y el principio de imputación.
Gracias a todos por sus aportes.
domingo, 8 de junio de 2008
KELSEN guía de lectura capítulos I a VIII
I “El derecho y la naturaleza"
1) Diferencia entre ciencia del derecho y política jurídica
2) ¿Qué es naturaleza?
3) ¿Qué es sociedad?
4) ¿Qué es la regla de derecho? ¿Cuándo una norma es “positiva”? ¿Las hay en el derecho y la moral?
5) ¿Cómo se relacionan el ser responsable con la imputación?
6) Principio de la retribución y su relación con la noción de imputación en el pensamiento primitivo
7) ¿Cómo es el juicio hipotético de las leyes causales y cómo el de las leyes normativas?
8) Aspectos estático y dinámico del derecho.
9) Validez de la norma: espacial, temporal, material y personal.
II “El derecho y la moral”
1) ¿Pueden distinguirse las normas morales de las normas jurídicas?
2) ¿A qué denomina Kelsen “juicios de valor”?
3) ¿Qué opina acerca de los “valores”? ¿Tienen el carácter de “universales”?
4) La justicia ¿puede ser conocida “racionalmente”?
III “Definición del derecho”
1) Noción de “deber ser” en la teoría pura del derecho
2) Sanción
3) Derecho como orden coactivo
4) ¿Qué quiere decir Kelsen cuando expresa que el derecho es una técnica social?
5) El derecho se atribuye el monopolio de la fuerza.
6) Norma primaria y norma secundaria
IV “La obligación jurídica”
1) Obligación jurídica y obligación moral.
2) ¿Puede concebirse una obligación jurídica sin sanción?
3) Obligación e imputación.
V “El hecho ilícito”
1) ¿Es el hecho ilícito la negación del derecho?
VI “La responsabilidad jurídica”
1) Diferencia entre responsabilidad individual y responsabilidad colectiva.
2) Diferencia entre responsabilidad y obligación.
VII “Ciencia del derecho y sociología jurídica”
1) Críticas a la Teoría pura en cuanto al carácter normativo del derecho.
2) Objeto de estudio de la sociología jurídica
VIII “El dualismo en la teoría del derecho y su eliminación”
1) ¿En qué consiste la doctrina del derecho natural?
2) Críticas a dicha doctrina.
3) Relación entre el derecho natural y el derecho de propiedad.
4) Función que cumple la distinción entre derecho objetivo y derecho subjetivo.
5) Escuela histórica del derecho ¿cómo ve la diferencia entre derecho objetivo y derecho subjetivo?
6) Concepto de persona.
7) Noción de relación jurídica: derechos reales y derechos personales.
8) Importancia de la noción de deber jurídico en la Teoría pura, por sobre la de derecho subjetivo.
9) Noción de derecho subjetivo.
10) Diferencia entre persona física y jurídica. Responsabilidad de la persona jurídica.
1) Diferencia entre ciencia del derecho y política jurídica
2) ¿Qué es naturaleza?
3) ¿Qué es sociedad?
4) ¿Qué es la regla de derecho? ¿Cuándo una norma es “positiva”? ¿Las hay en el derecho y la moral?
5) ¿Cómo se relacionan el ser responsable con la imputación?
6) Principio de la retribución y su relación con la noción de imputación en el pensamiento primitivo
7) ¿Cómo es el juicio hipotético de las leyes causales y cómo el de las leyes normativas?
8) Aspectos estático y dinámico del derecho.
9) Validez de la norma: espacial, temporal, material y personal.
II “El derecho y la moral”
1) ¿Pueden distinguirse las normas morales de las normas jurídicas?
2) ¿A qué denomina Kelsen “juicios de valor”?
3) ¿Qué opina acerca de los “valores”? ¿Tienen el carácter de “universales”?
4) La justicia ¿puede ser conocida “racionalmente”?
III “Definición del derecho”
1) Noción de “deber ser” en la teoría pura del derecho
2) Sanción
3) Derecho como orden coactivo
4) ¿Qué quiere decir Kelsen cuando expresa que el derecho es una técnica social?
5) El derecho se atribuye el monopolio de la fuerza.
6) Norma primaria y norma secundaria
IV “La obligación jurídica”
1) Obligación jurídica y obligación moral.
2) ¿Puede concebirse una obligación jurídica sin sanción?
3) Obligación e imputación.
V “El hecho ilícito”
1) ¿Es el hecho ilícito la negación del derecho?
VI “La responsabilidad jurídica”
1) Diferencia entre responsabilidad individual y responsabilidad colectiva.
2) Diferencia entre responsabilidad y obligación.
VII “Ciencia del derecho y sociología jurídica”
1) Críticas a la Teoría pura en cuanto al carácter normativo del derecho.
2) Objeto de estudio de la sociología jurídica
VIII “El dualismo en la teoría del derecho y su eliminación”
1) ¿En qué consiste la doctrina del derecho natural?
2) Críticas a dicha doctrina.
3) Relación entre el derecho natural y el derecho de propiedad.
4) Función que cumple la distinción entre derecho objetivo y derecho subjetivo.
5) Escuela histórica del derecho ¿cómo ve la diferencia entre derecho objetivo y derecho subjetivo?
6) Concepto de persona.
7) Noción de relación jurídica: derechos reales y derechos personales.
8) Importancia de la noción de deber jurídico en la Teoría pura, por sobre la de derecho subjetivo.
9) Noción de derecho subjetivo.
10) Diferencia entre persona física y jurídica. Responsabilidad de la persona jurídica.
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